A partir del próximo 1 de diciembre entrará en vigor la Orden ESS/1187/2015 de 15 de junio donde se incorporaron algunas novedades en la gestión de la incapacidad temporal relacionadas con los nuevos modelos de partes médicos de baja, confirmación y alta, y con la tramitación de los mismos.
A continuación le detallamos algunas de las modificaciones más importantes que surtirán efecto:
Nuevos tipos de procesos según la duración prevista de la baja:
Proceso “MUY CORTOS” inferior a 5 días naturales.
Proceso “CORTO” de 5 a 30 días naturales.
Proceso “MEDIOS” de 31 a 60 días naturales.
Proceso “LARGO” de 61 o más días naturales.
El médico tendrá la obligación de poner tanto en los partes de baja como de confirmación, salvo en los procesos “MUY CORTOS” la fecha de la próxima revisión y que la misma debe realizarse en los plazos previstos para cada proceso.
En consecuencia los partes de confirmación ya no tendrán siempre la misma periodicidad (7 días) como has ahora, sino según vayan desarrollándose las sucesivas revisiones.
Asimismo en el ejemplar de la empresa debe constar la duración estimada de la baja así como la fecha de la siguiente revisión.
En los procesos “MUY CORTOS” en el mismo parte de baja deben ir cumplimentados los del alta.
Ver detalle de las novedades en el siguiente enlace:https://www.boe.es/boe/dias/2015/06/20/pdfs/BOE-A-2015-6839.pdf