Esta dirección letrada a conseguido un nuevo fallo judicial que declara la nulidad de una cláusula suelo en un préstamo hipotecario.
FALLO
Estimo totalmente la demanda interpuesta por Dª. y Dª . frente a Banco Popular Español S.A., y, en su virtud:
1.- Se declara la nulidad de la estipulación 3.3 del contrato de préstamo con garantía hipotecaria que consta en escritura de fecha 6 de febrero de 2007 otorgada ante el notario D. con número de protocolo 458, en lo relativo al límite mínimo de variabilidad de los intereses convenidos, manteniéndose la vigencia del resto del contrato sin la aplicación de dicha cláusula.
2.- Se condena a la entidad demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a restituir a los demandantes las cantidades que se hubiera cobrado conforme a dicha cláusula a partir del día 9 de mayo de 2013.
Las costas procesales se imponen a la parte demandada.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales, dejando el original en el libro.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que deberá interponerse ante este Juzgado en el término de veinte días.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.